Podrán acogerse a las presentes ayudas todos los municipios de la isla de La Palma que cuenten con bibliotecas públicas
Las solicitudes se formularán en el modelo recogido en la convocatoria y se presentarán preferentemente en el Registro General de este Excmo. Cabildo Insular o bien por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
CABILDO DE LA PALMA
27/08/2012