Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que regulan las presentes bases los Ayuntamientos de la isla de Tenerife o agrupaciones de éstos, siempre que se trate de ayuntamientos limítrofes.
Los Ayuntamientos de la isla de Tenerife, podrán formar agrupaciones-siempre que exista continuidad territorial entre los municipios implicados-y presentar una única solicitud. En todo caso habrán de identificarse claramente las actividades y gastos subvencionables por Ayuntamiento partícipe. En este caso, uno de los ayuntamientos partícipes actuará como solicitante y será el perceptor de la subvención, asumiendo la responsabilidad de la ejecución del proyecto que se apruebe y de la justificación del mismo. No obstante, el resto de los ayuntamientos agrupados ostentarán la condición de beneficiarios a los efectos del cumplimiento de los requisitos y de las obligaciones que a éstos imponen las Bases. En el supuesto de que varios ayuntamientos opten por presentar una solicitud como agrupación, ha de adjuntarse a la solicitud un escrito de expresión de acuerdo (Anexo VI) a la solicitud por cada uno de los ayuntamientos implicados distintos del solicitante.
Las instancias de solicitud, debidamente cumplimentadas y dirigidas al Área de Empleo, Desarrollo Económico, Comercio y Acción Exterior, deberán ser presentadas en el Registro General de este Cabildo Insular o en sus registros auxiliares, en las direcciones y horarios que a continuación se relacionan:
Registro General: Plaza de España, 1; 38003 Santa Cruz de Tenerife; Teléfono: 901 501 901; Fax: 922 23 97 04
Horario General:
Lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas y sábados de 9:00 a 13:00 horas.
Registros Auxiliares:
Estos horarios y localización de Registros podrán sufrir modificaciones, por lo que habrá que consultar la web www.tenerife.es para verificar la actualización de estos datos.
Asimismo, podrán presentarse en los Registros y Oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Hasta el 17 de mayo de 2013.
Cabildo de Tenerife
06/05/2013