Convocatorias


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13/01/2010

Orden IGD/3645/2009, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el marco del programa de acción comunitario «La juventud en acción», del Instituto de la Juventud.

Beneficiario

1. Promotores elegibles. El presente programa de acción comunitario está destinado a apoyar proyectos sin fines de lucro a favor de las siguientes personas beneficiarias:

a) Organizaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro.

b) Entes públicos locales o regionales.

c) Grupos de jóvenes no asociados.

d) Entidades activas a nivel europeo en el campo de la juventud (ONGE), con sedes en, por lo menos, ocho países del Programa.

e) Organizaciones no gubernamentales internacionales.

2. Participantes elegibles. Cada una de las acciones está dirigida a jóvenes comprendidos entre las siguientes edades:

Para la acción 1.1: Entre los 13 y los 25 años (cabe la participación, hasta un máximo del 20%, de jóvenes entre 26 y 30 años).

Para la acción 1.2: Entre los 18 y los 30 años, también podrán participar jóvenes de 15 a 17 años si van acompañados de un tutor o animador juvenil.

Para la acción 1.3: Entre los 13 y los 30 años.

Para la acción 2: Entre los 18 y los 30 años, pudiendo ser a partir de los 16 si van acompañados de tutor/a o animador/a juvenil.

Para la acción 3.1: Para los intercambios juveniles, igual que la acción 1.1 y para las actividades de formación, sin límite de edad.

Para la acción 4.3: Sin límite de edad.

Para la acción 5.1: Entre los 15 y los 30 años.

3. Los/as participantes no deben haber rebasado la edad máxima para cada acción en la fecha límite de presentación de solicitudes de cada ronda. Igualmente se debe contar con la edad mínima requerida antes de la finalización de la fecha límite de presentación de proyectos.
 


Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será el establecido por el programa «La Juventud en acción» para cada una de los procesos de selección (denominados «rondas»), si bien para cada convocatoria anual se señalarán específicamente las que serán de aplicación:

Para procesos que empiezan entre el 1 mayo y el 30 septiembre, el plazo límite es el 1 de febrero.

Para procesos que empiezan entre el 1 julio y el 30 noviembre, el plazo límite es el 1 de abril.

Para procesos que empiezan entre el 1 septiembre y el 31 enero, el plazo límite es el 1 de junio.

Para procesos que empiezan entre: 1 diciembre y 30 abril, el plazo límite es el 1 de septiembre.

Para procesos que empiezan entre el 1 febrero y el 31 julio, el plazo límite es el 1 de noviembre.
 


Convocante

MINISTERIO DE IGUALDAD


Fecha

13/01/2010


Enlace

http://www.boe.es/boe/dias/2010/01/13/pdfs/BOE-A-2010-558.pdf