Resolución de 16 de diciembre de 2009, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan para el ejercicio 2010, ayudas para planes de Formación Continua en el marco del IV Acuerdo de formación continua en las Administraciones Públicas. (BOE núm. 308, de 23 de diciembre de 2009.)
Resolución de 28 de enero de 2010, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se amplía el plazo para la presentación de solicitudes de ayudas para planes de Formación Continua en las Administraciones Públicas para el ejercicio 2010, convocadas por Resolución de 16 de diciembre de 2009. (BOE núm. 25, de 29 de enero de 2010)
A efectos de esta Resolución, podrán ser promotores de planes de formación en el marco de lo previsto en el IV AFCAP:
1. En la Administración General del Estado: los Departamentos ministeriales y Organismos Públicos de ella dependientes, así como las Universidades Públicas a ella adscritas.
El INAP podrá desarrollar, en cumplimiento de sus fines, planes de formación continua con cargo a los correspondientes créditos presupuestarios y en el marco de lo previsto en el IV AFCAP.
2. En la Administración Local:
a) Los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Cabildos, Consejos Insulares y demás Entidades Locales reconocidas en el art. 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
b) La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y las Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales de ámbito autonómico legítimamente constituidas al amparo de lo previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
3. En el conjunto de todas las Administraciones Públicas: las Organizaciones Sindicales representativas en el conjunto de todas las Administraciones Públicas en los términos establecidos en los artículos 6 y 7 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y por tanto legitimadas para estar presentes en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas regulada en el artículo 36.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
4. En el ámbito de varias Administraciones Públicas: las Organizaciones Sindicales distintas a las referidas en el artículo 10.4 del IV AFCAP, que deberán acreditar la representatividad e implantación en el ámbito correspondiente al plan a realizar, así como la capacidad organizativa y técnica para su realización
Ampliar el plazo de presentación de solicitudes hasta el día 12 de febrero de 2010 inclusive.
Ministerio de la Presidencia
29/01/2010
http://www.boe.es/boe/dias/2010/01/29/pdfs/BOE-A-2010-1384.pdf