Convocatorias


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10/05/2010

Resolución de 26 de abril de 2010, del Presidente, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de Empleo con Apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

Beneficiario

Podrán promover proyectos de Empleo con Apoyo, y ser beneficiarios de las correspondientes subvenciones reguladas en el Real Decreto 870/2007, de 2 de julio, las siguientes entidades:Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que subscriban el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que contrate a los trabajadores con discapacidad a los que les va a prestar el empleo con apoyo y que cumplan los siguientes requisitos:

• Tener por objeto social, entre otros, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de personas con discapacidad.• Contar en su plantilla con preparadores laborales especializados que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 7 o comprometerse a incorporarlos, así como disponer de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo.

• Tener experiencia acreditada en el desarrollo de programas de integración laboral de personas con discapacidad.

• Desarrollar las actividades de empleo con apoyo de modo gratuito, sin que quepa el cobro o el percibo de ningún tipo de cantidad o tarifa a trabajadores o empresarios.Centros Especiales de Empleo, calificados e inscritos como tales en el Registro correspondiente, que subscriban un convenio de colaboración con la empresa que contrate a trabajadores con discapacidad procedentes de la plantilla del mismo centro o de otros centros especiales de empleo. Estos centros especiales de empleo deberán cumplir los siguientes requisitos:

• Contar en su plantilla con preparadores laborales especializados que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 7 o comprometerse a incorporarlos, así como disponer de los materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo.

• Desarrollar las actividades de empleo con apoyo de modo gratuito, sin que quepa el cobro o el percibo de ningún tipo de cantidad o tarifa a trabajadores o empresarios.

Las empresas de mercado ordinario de trabajo, incluidos los trabajadores autónomos, que contraten a los trabajadores con discapacidad beneficiarios de dichas acciones siempre que cuenten en su plantilla con preparadores laborales especializados que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 7 o se comprometan a incorporarlos, y que dispongan de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo.


Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes, que comenzará a computarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en El Boletín Oficial de Canarias, se extenderá hasta un mes.


Convocante

Consejería de Empleo, Industria y Comercio


Fecha

10/05/2010


Enlace

http://sede.gobcan.es/boc/boc-a-2010-090-2626.pdf