Las Corporaciones Locales, así como las Sociedades Gestoras de las mismas, entendiéndose como tal aquellas que las propias Corporaciones Locales hayan autorizado para la gestión de los servicios de estos equipamientos comerciales, de la Comunidad Autónoma de Canarias que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
a) Que el municipio presente una necesidad y/o deficiencia o deterioro de sus equipamientos comerciales colectivos existentes.
b) Que el proyecto a subvencionar lleve aparejada una modernización y mejora de la oferta comercial con la incorporación de nuevos servicios y/o tecnologías.No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en que concurra alguna de las circunstancias que se especifican en el artículo 13 dela Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias
Consejería de Empleo, Industria y Comercio
01/06/2010