Además de los requisitos de carácter general establecidos en el artículo 3 de la mencionada Orden de bases reguladoras, las entidades que concurran a la presente convocatoria con las correspondientes actuaciones para personas mayores, deberán dedicarse, únicamente y con carácter exclusivo y habitual, a la realización de actuaciones en favor de dichas personas mayores. Este requisito se acreditará mediante la presentación de sus correspondientes estatutos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden de bases reguladoras, las solicitudes para participar en la presente convocatoria, cuyo modelo comprende los Anexos I, II y III de la Orden de bases reguladoras, deberán presentarse en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, en la Dirección General del Imserso (Avda. de la Ilustración con vta. a Ginzo de Limia, 28029 Madrid), o en los restantes lugares indicados en el apartado 1.1 del artículo citado anteriormente. El modelo de solicitud, en soporte papel, podrá retirarse en la Oficina de Información del Imserso en la dirección anteriormente señalada, o descargarse de la página web del Imserso: www.imserso.es.
Ministerio de Sanidad y Política Social
29/05/2010
http://www.boe.es/boe/dias/2010/05/29/pdfs/BOE-A-2010-8600.pdf