Podrán acceder a la presente convocatoria aquellas Corporaciones Locales de menos 50.000 habitantes que tengan una biblioteca pública, a cargo de la cual haya personal bibliotecario.
No podrán concurrir a esta convocatoria aquellas bibliotecas que habiendo sido beneficiarias o representantes de beneficiarias de ayudas concedidas por este Ministerio, o alguno de sus organismos públicos en años anteriores, no las hubieren justificado, incumpliendo así la obligación prevista en el artículo 14.1 b) de la Ley General de Subvenciones
A estos efectos, se entenderá que dichas ayudas no han sido justificadas mientras persista una deuda declarada mediante resolución del correspondiente procedimiento de reintegro, o bien se encuentre abierto en la fecha en la que se celebre la reunión de la Comisión de Evaluación, un procedimiento de reintegro por falta de justificación suficiente de las mismas.
El plazo de presentación de proyectos será de 25 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
MINISTERIO DE CULTURA
12/07/2010
http://www.boe.es/boe/dias/2010/07/12/pdfs/BOE-A-2010-11047.pdf