Las subvenciones que se convocan por la presente Resolución podrán ser solicitadas por aquellas entidades locales (municipios, mancomunidades de municipios o comarcas) que cumplan los siguientes requisitos:
a) Presentar programas innovadores, según lo descrito en el artículo 2.1 de esta Resolución.
b) Aportación por la entidad local solicitante del 25% del coste total del programa.
c) Número de personas empadronadas igual o superior a 15.000 habitantes.
d) Porcentaje de nacionales de terceros países empadronados igual o superior al 5% del total del padrón.
De conformidad con el artículo 5 de la Orden de Bases TIN/2158/2008, de 18 de julio, las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en «El Boletín Oficial del Estado», según el modelo que figura como anexo I.
MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN
18/09/2010
http://www.boe.es/boe/dias/2010/09/18/pdfs/BOE-A-2010-14369.pdf