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13/07/2012

Real Decreto Ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales

 Nota relativa al procedimiento aplicable a partir del día 9 de julio de 2012 para el desarrollo del mecanismo de pago a proveedores de las entidades locales.
Documento.

- Nota relativa a la comunicación por las entidades locales de información de los embargos, en el marco del mecanismo de pagos a proveedores, así como a las modificaciones que deben introducir algunas entidades locales en la aplicación disponible en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Documento.

Actualización de la Nota relativa al desarrollo del procedimiento del mecanismo de pago a proveedores de las Entidades Locales (Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero) a partir del día 8 de mayo de 2012.
Documento.

- Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas: Nota relativa a la ampliación del período para la formalización de operaciones de préstamo por las entidades locales que no lo han podido hacer en el mes de mayo, en el marco del mecanismo de pagos a proveedores.

Documento.


- Nota del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas relativa a los plazos de amortización de los préstamos que se formalicen en el marco del mecanismo de pagos a proveedores de las Entidades Locales (Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero).
Documento.

-  Nota informativa IGAE Nº1/2012 "Tratamiento contable derivado del mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales previsto en el reales decretos leyes 4/2012, de 24 de febrero, y 7/2012, de 9 de marzo".
Nota explicativa cambios Nota Informativa Nº 1/2012.
Documento
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-   Nota por la que se comunica a las entidades locales el tipo de interés aplicable en las operaciones de préstamo que concierten en el marco del mecanismo de financiación de pagos a sus proveedores.
Documento.

-   Nota relativa al desarrollo del procedimiento del mecanismo de pagos a proveedores de las Entidades Locales (Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero) a partir del día 8 de mayo de 2012.
Documento.

- Procedimiento Mecanismo del Pago a Proveedores a partir del 8 de mayo.
Documento.

- Nota informativa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas sobre los certificados individuales, la posible gestión "por lotes" o de forma masiva de las solicitudes que se formulen y certificaciones que se emitan. 
Documento

- Nota informativa Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en relación a la la inclusión de actividades artísticas y similares y a un supuesto especial relativo a las domiciliaciones de pago.
Enlace


-   Real Decreto Ley 4/2012: procedimientos y plazos establecidos para el proveedor.

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha publicado que a partir del 2 de abril los proveedores pueden confirmar su adhesión al plan del Gobierno para cobrar en mayo, hasta el 22 de abril podrán comunicarlo por vía telemática y hasta el 20 de abril entregándolo en papel en el ayuntamiento. Las entidades locales podrán introducir información de nuevas facturas en los cinco primeros días hábiles de abril y mayo.

Si se opta por la presentación telemática, los proveedores accederán a la página web de la Agencia Tributaria, si se opta por la presentación presencial los proveedores deberán dirigirse a la entidad local comunicando por escrito su decisión de acudir al mecanismo de pago y si los proveedores optan por la vía presencial con posterioridad las entidades locales deberán comunicar la información por vía telemática y con firma electrónica a la Agencia Tributaria. Los pasos a seguir en este proceso se encuentran detallados en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas mencionada anteriormente.
Enlace 

 

- El artículo 3 del RDL 4/2012, de 24 de febrero establece la obligación de remitir telemáticamente al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con fecha límite el día 15 de marzo de 2012, una relación certificada de todas las obligaciones pendientes de pago que se deriven de la contratación de obras, suministros y servicios. Por este motivo desde la Federación se facilitan recomendaciones acerca de cómo afrontar las obligaciones pendientes de pago a los contratistas que exige la Ley 4/2012, de 24 de febrero:
Documento.


- Formato de carga masiva de proveedores y facturas:


Instrucciones para confeccionar los ficheros de las relaciones de todas las obligaciones pendientes de pago que las entidades locales deben enviar al Ministerio de Hacienda y AAPP con fecha límite 15 de marzo de 2012, tal y como recoge el art. 3 del RD-LEY 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.
Documento.


- Resumen de medidas para el pago a proveedores de las entidades locales dispuestas en el Real Decreto ley 4/2012, de 24 de febrero de 2012:
Documento.


Real Decreto Ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores.
Documento.


Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas:
Preguntas más frecuentes sobre el envio de datos relativos al RDL 4/2012.


- Orden HAP/537/2012, de 9 de marzo, por la que se aprueban el modelo de certificado individual, el modelo para su solicitud y el modelo de plan de ajuste, previstos en el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.

Documento.